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Jubilación por discapacidad: averigüe quién tiene derecho al beneficio

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Actualmente, existen muchos beneficios para ayudar a la vida de los ciudadanos brasileños, incluidos los trabajadores que han alcanzado por jubilación por invalidez.

A muchas personas todavía les resulta difícil distinguir la prestación por enfermedad de la jubilación por invalidez y, sobre todo, saber quién tiene derecho a la prestación del INSS.

Entonces, si desea comprender más sobre los seguros y, en especial, quién tiene derecho, consulte el artículo a continuación para obtener más información.

Imagen tomada de Google

¿Qué es la jubilación por invalidez?

La jubilación por invalidez es una prestación de seguridad social a disposición de los trabajadores que han quedado incapacitados con motivo del desempeño de sus actividades laborales.

Cabe mencionar que esta incapacidad debe ser evaluada y comprobada por el perito médico del INSS. No es una prestación deseada, sino que se concede a quienes padecen una invalidez incurable que les imposibilita el desempeño del trabajo.

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Diferencia entre la prestación por enfermedad y la jubilación por invalidez

Como muchos no saben, hay una gran diferencia entre estos dos beneficios. El pago por enfermedad es temporal y puede probarse tan pronto como se confirme que el trabajador puede volver a trabajar.

¿Quién tiene derecho a este beneficio?

Para tener derecho a la Jubilación por Invalidez es necesario completar el período de carencia y tener la calidad de asegurado. Excepto si la incapacidad se produjo por accidente (algo imprevisible), accidente de trabajo, enfermedad profesional (causada por el ejercicio de su profesión) o enfermedades muy graves.

Es importante resaltar que no se otorga la jubilación por enfermedades o lesiones que la persona tuvo antes de comenzar a cotizar al INSS, excepto cuando dicha lesión o enfermedad se agravó después de comenzar a cotizar al INSS hasta el punto de dejarla incapacitada para trabajar.

Si los casos no son ninguno de estos, necesitarás:

  • Estar cotizando cuando la lesión o enfermedad se haya visto afectada o si ha dejado de cotizar por desempleo comprobado, al menos 25 meses antes del hecho.
  • Tener 12 meses de cotización al INSS
  • Demostrar, mediante pericia, que una enfermedad o accidente le ha incapacitado permanentemente para desempeñar su trabajo.

Algunas de las enfermedades graves que eximen de carencia son:

  • lepra;
  • tuberculosis activa;
  • neoplasma maligno;
  • alienación mental;
  • ceguera;
  • enfermedad cardíaca grave;
  • parálisis irreversible e incapacitante;
  • espondiloartritis anquilosante;
  • Enfermedad de Parkinson;
  • etapa avanzada de la enfermedad de Paget (osteítis deformante)
  • enfermedad hepática grave;
  • contaminación por radiación basada en la finalización de la medicina especializada;
  • Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida-SIDA;
  • Las demás enfermedades consideradas graves por los tribunales.

A pesar de esta lista, todavía no es posible determinar con tanta certeza que una enfermedad dará directamente el derecho. Para ello, es necesario analizar caso por caso la gravedad de la enfermedad.

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En algunos casos, el cáncer puede considerarse incapacitante para el trabajo, en otros esta incapacidad será temporal.

¿Cuál es el procedimiento para jubilarse por invalidez?

En primer lugar, es necesario programar una inspección en el INSS, que se puede hacer a través de la página web de la seguridad social o simplemente llamando al 135.

La más recomendable es vía internet, ya que el sitio generará un documento acreditativo de la cita. Esto es sumamente importante ya que es común que el INSS cancele la pericia y no notifique o haya algún problema en la programación.

En algunos casos, será necesario que el perito acuda al hospital para realizar el trámite y luego de que el perito acredite la incapacidad, se otorga el beneficio al contribuyente.

documentos requeridos

Al igual que con otras formas de retiro, es necesario presentar una serie de documentos para ingresar al proceso.

  • CPF;
  • Documento de identificación;
  • Cartera de Trabajo;
  • Comprobante de domicilio;
  • PIS/PASEP;
  • Juegos médicos;
  • libretas de cotización opcionales o individuales;
  • extracto de CNIS;
  • certificados;
  • exámenes;
  • recetas;
  • Declaraciones médicas.

Por lo tanto, los trabajadores que soliciten la jubilación por incapacidad permanente deberán presentar documentos que informen su capacidad.

Además de realizar la pericia con un médico del INSS, es quien certificará que el contribuyente ya no podrá realizar actividades laborales.

¿Cuál es el monto del beneficio?

La jubilación por invalidez es la prestación que mejor cálculo tiene de todas. Para indemnizar al trabajador que no llegó al final de su vida laboral.

Se puede otorgar con 100% de salario de beneficio hasta la fecha de otorgamiento. Así, si el salario de beneficio resultó en R$3000.00, la persona recibirá R$3000.00.

¿Tienes alguna pregunta sobre el proceso? Puedes contactar directamente con el INSS en el número 135.

¡Gracias por leer!

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